{"id":8459,"date":"2015-10-16T17:57:00","date_gmt":"2015-10-16T17:57:00","guid":{"rendered":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/?p=8459"},"modified":"2015-10-16T17:57:00","modified_gmt":"2015-10-16T17:57:00","slug":"santa-fe-la-discusion-sobre-agroquimicos-se-dirimio-a-favor-de-los-productores","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/?p=8459","title":{"rendered":"SANTA FE: La discusi\u00f3n sobre agroqu\u00edmicos se dirimi\u00f3 a favor de los productores"},"content":{"rendered":"<p><strong><em><a href=\"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2013\/12\/ley-de-agroqu\u00edmicos.jpg\"><img loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-full wp-image-295\" src=\"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2013\/12\/ley-de-agroqu\u00edmicos.jpg\" alt=\"ley de agroqu\u00edmicos\" width=\"260\" height=\"194\" \/><\/a>Diputados dio media sanci\u00f3n a la ley de fitosanitarios. La norma votada permite, con restricciones, la aspersi\u00f3n a\u00e9rea, que otro proyecto pretend\u00eda prohibir por completo<\/em><\/strong><!--more--><\/p>\n<p>La m\u00e1s gravitante de las pulseadas legislativas del a\u00f1o (o casi la \u00fanica, al estar de la escas\u00edsima producci\u00f3n surgida en el Palacio de las Leyes, afectado por los sucesivos procesos electorales) termin\u00f3 saldada, moment\u00e1neamente, a favor de los productores agr\u00edcolas: la reforma a la ley de fitosanitarios, a la que ayer le diera media sanci\u00f3n la C\u00e1mara de Diputados, no prohibi\u00f3 la fumigaci\u00f3n a\u00e9rea, como pretend\u00edan las organizaciones ambientalistas que varias veces se movilizaron a la capital provincial en su reclamo, seg\u00fan public\u00f3 <a href=\"http:\/\/www.lacapital.com.ar\/la-region\/La-discusion-sobre-agroquimicos-se-dirimio-a-favor-de-los-productores-20151016-0005.html\">La Capital<\/a>.<\/p>\n<p>B\u00e1sicamente, la ley establece una restricci\u00f3n de 200 metros de los centros urbanos para la aspersi\u00f3n terrestre (donde adem\u00e1s establece categor\u00edas), y la reduce a cien en caso de que exista una barrera forestal. Y establece un l\u00edmite de 800 metros en el caso de la a\u00e9rea.<\/p>\n<p>Se trata de media sanci\u00f3n. Es decir, para que se convierta en ley deber\u00e1 pasar a\u00fan el cedazo del Senado. Nadie parece ser optimista acerca de que la norma se revise all\u00ed este a\u00f1o. Pero si as\u00ed fuera, la mayor\u00eda de las opiniones coinciden en que en esa C\u00e1mara alta volver\u00eda a primer la postura del proyecto aprobado ayer que motoriz\u00f3 la diputada socialista In\u00e9s Bertero con otras firmas claro, pero con su voz cantante.<\/p>\n<p>Ordenamiento territorial. El proyecto aprobado otorga a los municipios y comunas un plazo de 180 d\u00edas para dictar una ordenanza que fije la l\u00ednea de l\u00edmite agron\u00f3mico (es decir hasta donde se puede fumigar cerca de un lugar habitado), y en su defecto, se tendr\u00e1 por tal a la delimitaci\u00f3n empleada para el gravamen de la tasa general de servicios urbanos; resolviendo as\u00ed los inconvenientes que se hab\u00edan presentado en las localidades donde no exist\u00eda ordenanza que la estableciera.<\/p>\n<p>Se incorpora una norma de ordenamiento territorial, que obliga a los emprendimientos inmobiliarios, parques industriales, complejos deportivos, barrios privados, que se establezcan luego de promulgada y reglamentada esta ley, fuera de la l\u00ednea agron\u00f3mica, a prever una zona de amortiguamiento de un ancho de cien (100) metros en caso de existir cortina vegetal o barrera efectiva; o de doscientos metros (200) en caso de no contar con las mismas.<\/p>\n<p>El otro proyecto de reforma a la ley 11.273, era impulsado por el diputado justicialista, Jos\u00e9 Mar\u00eda Tessa. Este y Bertero vienen lidiando con sus iniciativas desde 2013 en que los presentaron por primera vez. Perdieron estado parlamentarios ambos textos y luego de sus insistencias lleg\u00f3 ayer la primera de las definiciones que Tessa \u2014a quien respaldaban los ambientalistas y las posiciones m\u00e1s radicales en la materia que hicieron una sonora campa\u00f1a bajo la consigna \u00abParen de fumigarnos\u00bb\u2014 lament\u00f3 en el propio recinto.<\/p>\n<p>Los n\u00fameros ayer en la C\u00e1mara fueron 20 votos positivos, 14 negativos \u2014casi todos del kirchnerismo\u2014 y algunas abstenciones. \u00abLa ley (que se aprueba) es regresiva respecto a la de 1995 que establec\u00eda 500 metros de resguardo desde los que se pod\u00eda fumigar (en relaci\u00f3n a un lugar poblado). Si no se control\u00f3 la aplicaci\u00f3n de la ley no es un problema de los trabajadores sino del poder administrador que no gener\u00f3 los controles necesarios para el cumplimiento de la norma\u00bb.<\/p>\n<p>Para Bertero, en cambio, \u00abes necesario avanzar en la protecci\u00f3n de la poblaci\u00f3n de las zonas periurbanas. Creemos que este proyecto logra conciliar ambas miradas e implica un salto inmenso en relaci\u00f3n a la actual ley, creando un marco que garantiza la protecci\u00f3n de la salud, recursos naturales y de la producci\u00f3n agropecuaria\u00bb.<\/p>\n<p>Aspersi\u00f3n a\u00e9rea. En lo que hace a uno de los ejes m\u00e1s controversiales de la pol\u00e9mica (los ambientalistas han estado peleando por prohibir las fumigaciones a\u00e9reas porque dicen que los vientos las tornan inmanejables y los venenos vuelan con ellas), el art\u00edculo 33 establece la prohibici\u00f3n de la aplicaci\u00f3n de productos fitosanitarios, cualquiera fuera su banda, y excepcionalmente, cuando exista ordenanza municipal o comunal que lo autorice, se podr\u00e1n realizar aplicaciones en casos de falta de piso o imposibilidad de aplicar por otro medio, con receta fundada y control y fiscalizaci\u00f3n del veedor.<\/p>\n<p>Otro punto central de debate entre los dos proyectos es el de las distancias m\u00ednimas en \u00e1reas periurbanas. Mientras el proyecto de Tessa establec\u00eda zonas libres de todo tipo de fumigaci\u00f3n, prohibiendo la fumigaci\u00f3n a\u00e9rea de cualquier tipo de productos y la fumigaci\u00f3n terrestre en un radio de 800 metros a partir de la l\u00ednea agron\u00f3mica y de 1000 metros de los establecimientos educativos rurales, el proyecto de Bertero diferencia tres zonas<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n a las aplicaciones terrestres se establece una zona de producci\u00f3n regulada de 800 metros compuesta por: una zona de producci\u00f3n especial de 100 o 200 metros, seg\u00fan que exista o no cortina vegetal, en la que s\u00f3lo podr\u00e1n utilizarse productos aprobados por el Senasa para las producciones org\u00e1nicas; y una zona de control estricto, desde aquel anillo hasta los 800 metros donde se podr\u00e1n aplicar productos banda III (azul) y IV (verde), siempre con la presencia de un veedor.<\/p>\n<p>Las ordenanzas municipales o comunales pueden ampliar la zona. Asimismo se dispone que los municipios y comunas, en coordinaci\u00f3n con la autoridad de aplicaci\u00f3n, deber\u00e1n promover y capacitar a los productores en producciones alternativas y agroecol\u00f3gicas, establece la nueva norma.<\/p>\n<p>Fuente: Infocampo<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Diputados dio media sanci\u00f3n a la ley de fitosanitarios. 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