{"id":8382,"date":"2015-10-07T11:57:43","date_gmt":"2015-10-07T11:57:43","guid":{"rendered":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/?p=8382"},"modified":"2015-10-07T13:04:59","modified_gmt":"2015-10-07T13:04:59","slug":"afirman-que-para-ganancias-se-debe-respetar-el-precio-del-contrato-en-exportacion-de-soja","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/?p=8382","title":{"rendered":"Afirman que para Ganancias se debe respetar el precio del contrato en exportaci\u00f3n de soja"},"content":{"rendered":"<p><strong><em><a href=\"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2015\/10\/puerto.jpg\"><img loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-full wp-image-8383\" src=\"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2015\/10\/puerto.jpg\" alt=\"puerto\" width=\"337\" height=\"149\" srcset=\"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2015\/10\/puerto.jpg 337w, http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2015\/10\/puerto-300x133.jpg 300w\" sizes=\"(max-width: 337px) 100vw, 337px\" \/><\/a>La OCDE public\u00f3 una gu\u00eda para precios de transferencia en el c\u00e1lculo de Ganancias por la exportaci\u00f3n de commodities y descart\u00f3 el uso de la cotizaci\u00f3n de fecha de embarque<\/em><\/strong><!--more--><\/p>\n<p>La Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y Desarrollo Econ\u00f3mico (OCDE) public\u00f3 un informe que define las gu\u00edas de precios de transferencia para las operaciones de exportaci\u00f3n de commodities entre partes vinculadas y descart\u00f3 el m\u00e9todo argentino que deja de lado el precio de la transacci\u00f3n para el c\u00e1lculo del Impuesto a las Ganancias, y en cambio toma la cotizaci\u00f3n en mercados transparentes el d\u00eda del embarque si ese valor resulta superior.El llamado \u00absexto m\u00e9todo\u00bb para el c\u00e1lculo de los precios de transferencia est\u00e1n establecidos en el art\u00edculo 15, sexto p\u00e1rrafo, de la Ley de Impuesto a las Ganancias y su decreto reglamentario como m\u00e9todo aut\u00f3nomo y \u00abmejor m\u00e9todo\u00bb de precios de transferencia, seg\u00fan public\u00f3\u00a0El Cronista.<\/p>\n<p>Las gu\u00edas de OCDE admiten la posibilidad de las administraciones fiscales de valerse del precio de cotizaci\u00f3n a la fecha de embarque de manera subsidiaria y \u00fanicamente en la medida que no exista evidencia confiable del precio pactado de las partes y no pudiera determinarse otra fecha acorde a las pr\u00e1cticas de mercado. Como ejemplo de evidencia, la instituci\u00f3n cit\u00f3 que haya contrato de la operaci\u00f3n, y todas las ventas de cereales y petr\u00f3leo se hacen con contrato en la Argentina.<\/p>\n<p>A fines de 2003, se cre\u00f3 en el pa\u00eds un m\u00e9todo novedoso y espec\u00edfico de precios de transferencia adicional a los cinco m\u00e9todos tradicionales alineados a las gu\u00edas y recomendaciones que en la materia dicta la OCDE. Este \u00absexto m\u00e9todo\u00bb de precios de transferencia est\u00e1 previsto para las exportaciones realizadas a sujetos vinculados, que tengan por objeto commodities con cotizaci\u00f3n conocida en mercados transparentes, como soja o petr\u00f3leo, en las que intervenga un intermediario internacional que no sea el destinatario efectivo de la mercader\u00eda. En estos casos de triangulaci\u00f3n, a los efectos determinar el Impuesto a las Ganancias, el precio de transferencia de la operaci\u00f3n se determina por el valor de cotizaci\u00f3n del bien en el mercado transparente del d\u00eda de la carga de la mercader\u00eda, en la medida que sea mayor al precio acordado por las partes.<\/p>\n<p>Se ha criticado que grava renta ficticia, pero igual lo ven\u00edan adoptando pa\u00edses de Latinoam\u00e9rica m\u00e1s Sud\u00e1frica, y estos Estados hab\u00edan acompa\u00f1ado una presentaci\u00f3n del titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, en octubre pasado en la OCDE para que la entidad incorporara el sexto m\u00e9todo, lo que finalmente no lleg\u00f3.<\/p>\n<p>El debate desarrollado en la OCDE arroj\u00f3 como resultado las gu\u00edas y recomendaciones de m\u00e1s de 100 p\u00e1ginas publicadas el lunes pasadas por la entidad, que en lo que hace a las exportaciones de commodities, como primer punto, reafirman que el m\u00e9todo de precios de transferencia adecuado es el denominado CUP (por sus siglas en ingl\u00e9s, Comparable Uncontrolled Price), desconoci\u00e9ndole as\u00ed la entidad del \u00absexto m\u00e9todo\u00bb como m\u00e9todo aut\u00f3nomo y, m\u00e1s a\u00fan, el car\u00e1cter preferencial como \u00abmejor m\u00e9todo\u00bb que le otorga la ley argentina.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, las gu\u00edas establecen que las administraciones fiscales deben aceptar la fecha de concertaci\u00f3n cuando el contribuyente provea evidencia de su alcance, y dan como ejemplo los contratos, registrados o no, y cuando esa fecha sea consistente con la conducta de las partes y dem\u00e1s circunstancias f\u00e1cticas. S\u00f3lo en caso de que la fecha pactada fuera inconsistente, la administraci\u00f3n fiscal podr\u00e1 determinar otra que sea acorde a las operaciones que hubieran podido acordar terceros independientes en circunstancias y condiciones comprables.<\/p>\n<p>A criterio de la OCDE, deben privilegiarse las condiciones y precios pactados por las partes, los que establecen el mercado y la realidad econ\u00f3mica de las transacciones que se analizan bajo el r\u00e9gimen de precios de transferencia. Solamente ante la ausencia de evidencia confiable del precio pactado entre las partes y de otras condiciones y fechas acordes a las pr\u00e1cticas de mercado, las administraciones fiscales podr\u00edan recurrir al valor de cotizaci\u00f3n del d\u00eda de la carga para determinar el valor de la operaci\u00f3n.<\/p>\n<p>As\u00ed, la OCDE privilegi\u00f3 el m\u00e9todo convencional para analizar las operaciones de exportaci\u00f3n de commodities sin considerar necesario, a\u00fan en el marco de medidas para prevenir la erosi\u00f3n de base imponible de los Estados, recurrir a un m\u00e9todo espec\u00edfico.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La OCDE public\u00f3 una gu\u00eda para precios de transferencia en el c\u00e1lculo de Ganancias por la exportaci\u00f3n de commodities y descart\u00f3 el uso de la cotizaci\u00f3n de fecha de embarque<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[42],"tags":[2340,1072],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/8382"}],"collection":[{"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=8382"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/8382\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":8384,"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/8382\/revisions\/8384"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=8382"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=8382"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=8382"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}