{"id":5023,"date":"2014-12-02T17:19:49","date_gmt":"2014-12-02T17:19:49","guid":{"rendered":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/?p=5023"},"modified":"2014-12-02T17:19:49","modified_gmt":"2014-12-02T17:19:49","slug":"contra-la-ley-de-abastecimiento","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/?p=5023","title":{"rendered":"Contra la ley de abastecimiento"},"content":{"rendered":"<p><strong><em><a href=\"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2014\/12\/G6.jpg\"><img loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-full wp-image-5024\" src=\"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2014\/12\/G6.jpg\" alt=\"G6\" width=\"337\" height=\"149\" srcset=\"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2014\/12\/G6.jpg 337w, http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2014\/12\/G6-300x132.jpg 300w\" sizes=\"(max-width: 337px) 100vw, 337px\" \/><\/a>DEMANDA DE EMPRESARIOS<\/em><\/strong><\/p>\n<p>Probablemente el jueves, las entidades empresariales que integran el poderoso Grupo de los 6 (G-6) presentar\u00e1n ante la Justicia una demanda contra la ley de abastecimiento<!--more--><\/p>\n<p>Una vez que termine la Conferencia Industrial que cerrar\u00e1 ma\u00f1ana en Pilar la Presidenta, probablemente el jueves, las entidades empresariales que integran el poderoso Grupo de los 6 (G-6) presentar\u00e1n ante la Justicia una demanda contra la ley de abastecimiento y, adem\u00e1s, pedir\u00e1n una medida cautelar para que, preventivamente, se impida al Gobierno aplicar todas las normas que \u00e9sta incluye.<\/p>\n<p>La ley 26.991 fue sancionada en el Congreso hace casi tres meses y la acci\u00f3n declarativa de inconstitucionalidad, que presentar\u00e1n las c\u00e1maras, patrocinada por el estudio Cassagne, ya tiene las firmas de los dirigentes empresarios: H\u00e9ctor M\u00e9ndez y Daniel Funes de Rioja (UIA); Eduardo Eurnekian (C\u00e1mara de Comercio); Jorge Brito (banca nacional, Adeba); Adelmo Gabbi (Bolsa de Comercio); Luis Etchevehere (Sociedad Rural Argentina) y Gustavo Weiss (C\u00e1mara de la Construcci\u00f3n).<\/p>\n<p>La demanda trasluce el malestar que se instal\u00f3 entre las empresas y el Gobierno desde que, en septiembre pasado, el Congreso aprob\u00f3 una ley que le da al Poder Ejecutivo muy fuertes facultades para intervenir sobre la vida de las empresas.<\/p>\n<p>Pero, adem\u00e1s, el juicio se inicia, casualmente, la misma semana en que se desarrolla en Buenos Aires la 20\u00bb Conferencia Anual de la Uni\u00f3n Industrial Argentina, en la que est\u00e1 invitada a exponer ma\u00f1ana, como principal oradora, la presidenta Cristina Kirchner (de lo que se informa por separado).<\/p>\n<p>El escrito tiene 150 p\u00e1ginas. All\u00ed se afirma que las \u00ababusivas\u00bb facultades que la ley entrega al Poder Ejecutivo y a la Secretar\u00eda de Comercio, as\u00ed como el hecho de que la ley no contiene par\u00e1metros concretos, hacen que la ley misma \u00abgenere una amenaza cre\u00edble\u00bb para todas las empresas.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, \u00abbasta con que un funcionario considere que un aumento de precios -algo natural en \u00e9pocas de inflaci\u00f3n- es injustificado para que caigan sobre la empresa multas, clausuras, allanamientos, secuestro y venta de su mercader\u00eda y un largo rosario de sanciones\u00bb, que \u00abcolocan a toda la actividad econ\u00f3mica del pa\u00eds bajo el riesgo concreto de una intervenci\u00f3n del Estado\u00bb y \u00abviola la Constituci\u00f3n Nacional\u00bb.<\/p>\n<p>Desde su sanci\u00f3n en el Congreso, el 18 de septiembre, el Gobierno a\u00fan no aplic\u00f3 la norma en concreto e intent\u00f3 convencer a las entidades empresariales de no presentarse en la Justicia.<\/p>\n<p>En efecto, la C\u00e1mara Argentina de Comercio y la C\u00e1mara de la Construcci\u00f3n, que dudaban de sumarse a la presentaci\u00f3n, fueron las \u00faltimas en hacerlo. En ese convencimiento fueron importantes los consejos de las m\u00e1s importantes empresas constructoras del pa\u00eds y de la Asociaci\u00f3n Empresaria Argentina (AEA), que re\u00fane a los due\u00f1os e importantes directivos de las principales empresas.<\/p>\n<p>Una de las dudas resid\u00eda en la discusi\u00f3n acerca de si las entidades pod\u00edan plantear la acci\u00f3n en abstracto o, en cambio, deb\u00edan esperar a que la ley se aplicara sobre un caso concreto.<\/p>\n<p>Pero finalmente se decidi\u00f3 avanzar, en el convencimiento de que hay normas que, aun sin ser aplicadas hasta ahora por el Gobierno, ya les producen un da\u00f1o a las empresas, ya sea por la amenaza de que las sanciones sean aplicadas en cualquier momento en forma discrecional o bien el impacto que inexorablemente tendr\u00e1n sobre la vida misma de la empresa eventualmente castigada.<\/p>\n<p>Dicho en otras palabras, toda la demanda deja traslucir que el Grupo de los Seis considera que la ley es una verdadera guillotina que pende sobre todas las empresas y las expone a presiones y sanciones injustificadas.<\/p>\n<p>\u00abLa Justicia no est\u00e1 para reparar da\u00f1os, sino para evitarlos\u00bb, afirm\u00f3 uno de los expertos que intervienen en el caso.<\/p>\n<p><strong>LA DEMANDA<\/strong><\/p>\n<p>La ley de abastecimiento original (20.680) fue sancionada en 1973 y se aplic\u00f3 poco porque siempre fue cuestionada. En 1991, el entonces presidente Carlos Menem la suspendi\u00f3 por medio de un decreto de necesidad y urgencia, y si bien se aplic\u00f3 en 2001 en forma excepcional, en 2005 el Congreso tambi\u00e9n la suspendi\u00f3.<\/p>\n<p>No obstante, el entonces secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, la aplic\u00f3 -a pesar de no estar vigente-. Ahora, la ley 26.991 viene a darle nueva fuerza a estas atribuciones discrecionales, seg\u00fan plantea la demanda de los empresarios.<\/p>\n<p>Las disposiciones que el G6 pide que sean declaradas inconstitucionales son:<\/p>\n<p>El art\u00edculo 2\u00b0 permite a la Secretar\u00eda de Comercio establecer, para cualquier etapa del proceso econ\u00f3mico, m\u00e1rgenes de ganancias, precios de referencia y niveles m\u00e1ximos y m\u00ednimos de precios; dictar normas reglamentarias que rijan todo el proceso de comercializaci\u00f3n, intermediaci\u00f3n, distribuci\u00f3n y producci\u00f3n de bienes y servicios, y disponer la continuidad o la suspensi\u00f3n de la producci\u00f3n y venta de un producto.<\/p>\n<p>Plantea la inconstitucionalidad de una serie de \u00abfiguras penales absolutamente indeterminadas\u00bb, como la elevaci\u00f3n \u00abartificial\u00bb de precios, la obtenci\u00f3n de ganancias \u00ababusivas\u00bb o crear \u00abartificialmente\u00bb etapas en la distribuci\u00f3n y comercializaci\u00f3n de bienes o servicios.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se cuestiona que la ley autoriza sanciones, como clausuras e interdicci\u00f3n de mercader\u00edas, que la Secretar\u00eda de Comercio puede ejercer en forma discrecional y sin respetar la garant\u00eda constitucional de defenderse.<\/p>\n<p>Se cuestiona, asimismo, que el Congreso delegue en el Poder Ejecutivo la facultad de designar a la autoridad de aplicaci\u00f3n sin ning\u00fan tipo de procedimiento previo o garant\u00eda de estabilidad, lo cual hace que la misma pierda toda posibilidad de actuar de modo imparcial.<\/p>\n<p>Finalmente, tambi\u00e9n se impugna que, seg\u00fan la ley, basta con que la Secretar\u00eda de Comercio \u00abconsidere que se est\u00e1 frente a una situaci\u00f3n de desabastecimiento o escasez de bienes o servicios\u00bb para que pueda disponer a su antojo la venta de las mercader\u00edas, su producci\u00f3n, distribuci\u00f3n o prestaci\u00f3n en todo el pa\u00eds.<\/p>\n<div class=\"separador_2\"><\/div>\n<p><span class=\"texto_13_gris\"><em>Fuente: <\/em> <strong>SM &#8211; La Naci\u00f3n<\/strong><\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DEMANDA DE EMPRESARIOS Probablemente el jueves, las entidades empresariales que integran el poderoso Grupo de los 6 (G-6) presentar\u00e1n ante la Justicia una demanda contra la ley de abastecimiento<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[42],"tags":[1319],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/5023"}],"collection":[{"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=5023"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/5023\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5025,"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/5023\/revisions\/5025"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=5023"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=5023"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=5023"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}