{"id":1123,"date":"2014-01-29T17:35:52","date_gmt":"2014-01-29T17:35:52","guid":{"rendered":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/?p=1123"},"modified":"2014-01-29T17:35:52","modified_gmt":"2014-01-29T17:35:52","slug":"se-firmo-la-resolucion-que-traslada-al-1-de-junio-la-liquidacion-unica-de-la-leche-cruda","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/?p=1123","title":{"rendered":"SE FIRM\u00d3 LA RESOLUCI\u00d3N QUE TRASLADA AL 1\u00b0 DE JUNIO LA LIQUIDACI\u00d3N \u00daNICA DE LA LECHE CRUDA"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2014\/01\/leche-cruda.jpg\"><img loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-full wp-image-1124\" alt=\"leche cruda\" src=\"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/wp-content\/uploads\/2014\/01\/leche-cruda.jpg\" width=\"283\" height=\"178\" \/><\/a>La \u00fanica verdad es la realidad dicen que dec\u00eda el General y la realidad es que la liquidaci\u00f3n \u00fanica deb\u00eda ponerse en pr\u00e1ctica en Noviembre, pero salvo escasos casos no se puso en pr\u00e1ctica.<!--more--><br \/>\nDesde la Industria pidieron desde un primer momento m\u00e1s tiempo para poder implementar el sistema de pago y parce que desde el Ministerio y la Subsecretar\u00eda escucharon el reclamo. se conoci\u00f3 ayer el decreto que posterga para el 1 de junio la entrada en vigencia del nuevo sistema de leche cruda.<br \/>\nEsta es la resoluci\u00f3n:<\/p>\n<p>MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA<br \/>\nSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA<\/p>\n<p>Resoluci\u00f3n N\u00ba 16\/2014<\/p>\n<p>Bs. As., 27\/1\/2014<\/p>\n<p>VISTO el Expediente N\u00b0 S05:0569426\/2013 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y CONSIDERANDO: Que mediante la Resoluci\u00f3n Conjunta N\u00b0 739 y N\u00b0 495 de fecha 10 de agosto de 2011 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS respectivamente modificada por su similar N\u00b0 1.094 y N\u00b0 642 de fecha 18 de octubre de 2011, de los citados ministerios respectivamente, se cre\u00f3 el Sistema de Pago de la Leche Cruda sobre la base de Atributos de Calidad Composicional e Higi\u00e9nico-Sanitarios en Sistema de Liquidaci\u00f3n Unica, Mensual, Obligatoria y Universal. Que dicha norma conjunta fue reglamentada por la Resoluci\u00f3n N\u00b0 683 de fecha 27 de octubre de 2011 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Que transcurrido m\u00e1s de UN (1) a\u00f1o de implementado el referido Sistema de Pago, y con la finalidad de profundizar el mismo, manteniendo su objetivo, se dict\u00f3 la Resoluci\u00f3n N\u00b0 344 de fecha 23 de agosto de 2013 de la citada Secretar\u00eda, estableciendo que los precios fijados por los operadores comerciales para el pago de la leche cruda, ser\u00edan referenciados al contenido de s\u00f3lidos \u00fatiles (grasa y prote\u00edna) y a la calidad higi\u00e9nico-sanitaria que resulte de los an\u00e1lisis, en un NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%) y del CINCO POR CIENTO (5%) para otras bonificaciones o bonificaciones comerciales, para la materia prima con destino a mercado interno y externo respectivamente, como as\u00ed tambi\u00e9n la proporci\u00f3n a respetar en la valorizaci\u00f3n que corresponda a los contenidos de s\u00f3lidos (grasa y prote\u00edna) y calidad higi\u00e9nico-sanitaria. Que la citada Resoluci\u00f3n N\u00b0 344\/13 previ\u00f3 su entrada en vigencia para las remisiones de leche a partir del 1 de octubre de 2013 por corresponderse al primer d\u00eda del mes siguiente al de su publicaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial. Que a pesar del tiempo transcurrido y las acciones realizadas de divulgaci\u00f3n, de reuniones informativas con productores e industriales, de la capacitaci\u00f3n a personal de procesadores l\u00e1cteos y laboratorios, entre otras, muchas industrias l\u00e1cteas no alcanzaron a implementar el sistema de pago por calidad ni desarrollar, con sus departamentos de producci\u00f3n primaria, los ajustes que deb\u00edan efectuar los productores primarios de leche para la obtenci\u00f3n de leche de calidad, como as\u00ed tambi\u00e9n elevar el contenido de s\u00f3lidos \u00fatiles (grasa m\u00e1s prote\u00edna). Que es prioridad del ESTADO NACIONAL implementar los acuerdos preexistentes tendiente al pago de la materia prima leche por los contenidos de s\u00f3lidos \u00fatiles, as\u00ed como a propender a una calidad higi\u00e9nico sanitario que garantice productos de alta calidad para el mercado interno y el creciente y demandante mercado internacional, desterrando la comercializaci\u00f3n por litro de leche. Que resulta de importancia que la implementaci\u00f3n del sistema de pago por calidad mantenga el ingreso de los productores, principalmente de los peque\u00f1os y medianos productores lecheros. Que para ello, todos los Operadores Comerciales deben trabajar con sus productores remitentes para lograr materia prima con niveles satisfactorios de s\u00f3lidos \u00fatiles y calidad higi\u00e9nico-sanitarios. Que en este sentido se torna necesario dar un plazo para que todos los Operadores Comerciales adapten sus sistemas de pago de manera de cumplimentar la normativa vigente. Que la Direcci\u00f3n General de Asuntos Jur\u00eddicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervenci\u00f3n de su competencia. Que el suscripto es competente para dictar la presente resoluci\u00f3n en virtud de lo dispuesto por el Art\u00edculo 6\u00b0 de la Resoluci\u00f3n Conjunta N\u00b0 739 y N\u00b0 495 de fecha 10 de agosto de 2011 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, respectivamente, y su modificatoria. Por ello,<\/p>\n<p>EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA RESUELVE:<\/p>\n<p>ARTICULO 1\u00b0 \u2014 Dase por prorrogado el plazo establecido en el Art\u00edculo 5\u00b0 de la Resoluci\u00f3n N\u00b0 344 de fecha 23 de agosto de 2013 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la que entrar\u00e1 en vigencia para las remisiones de leche a partir del 1 de junio de 2014.<\/p>\n<p>ARTICULO 2\u00b0 \u2014 El incumplimiento total o parcial de la citada Resoluci\u00f3n N\u00b0 344\/13, modificatorias y complementarias ser\u00e1 comunicado al Registro Unico de Operadores de la Cadena Agroalimentaria creado por la Resoluci\u00f3n N\u00b0 302 de fecha 15 de mayo de 2012 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA a efectos de la intervenci\u00f3n en el marco de sus competencias.<\/p>\n<p>ARTICULO 3\u00b0 \u2014 Comun\u00edquese, publ\u00edquese, d\u00e9se a la Direcci\u00f3n Nacional del Registro Oficial y arch\u00edvese. \u2014 Dr. R. GABRIEL DELGADO, Secretario de Agricultura, Ganader\u00eda y Pesca.<\/p>\n<p>Por Dami\u00e1n Morais para lecherialatina.com<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La \u00fanica verdad es la realidad dicen que dec\u00eda el General y la realidad es que la liquidaci\u00f3n \u00fanica deb\u00eda ponerse en pr\u00e1ctica en Noviembre, pero salvo escasos casos no se puso en pr\u00e1ctica.<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[46],"tags":[464,466,243,465],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1123"}],"collection":[{"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=1123"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1123\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1125,"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1123\/revisions\/1125"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=1123"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=1123"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/rurallascolonias.com.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=1123"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}